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¿Cómo cambio mi estado de ciudadanía en los registros del Seguro Social?

Respuestas de nuestra experta especialista en asuntos del Seguro Social
 
Centro Tampa
Centro Tampa [ Centro Tampa ]
Publicado Mar. 12, 2020

Por María del Carmen Ortega

Especial para CENTRO Tampa

Pregunta: Estoy recibiendo beneficios de jubilación del Seguro Social y recientemente volví a trabajar. ¿Tengo que pagar impuestos del Seguro Social (FICA) sobre mis ingresos?

Respuesta: Sí. Por ley, su empleador debe retener los impuestos FICA de su cheque de pago. Aunque está jubilado, sí recibe crédito por esas nuevas ganancias. Cada año, el Seguro Social acredita automáticamente las nuevas ganancias y, si sus nuevas ganancias son más altas que en cualquier año anterior utilizado para calcular su beneficio actual, su beneficio mensual podría aumentar. Para obtener más información, visite Socialsecurity.gov o llámenos al 1-800-772-1213 (TTY 1-800-325-0778).

Pregunta: Mi hijo, que recibe el Seguro Social, asistirá a su último año de secundaria en el otoño. Cumplirá 19 años en unos pocos meses. ¿Debo completar un formulario para que sus beneficios continúen?

Respuesta: Sí. Debería recibir un formulario, SSA-1372-BK, por correo aproximadamente tres meses antes del cumpleaños de su hijo. Su hijo necesita completar el formulario y llevarlo a la oficina de su escuela para obtener la certificación. Luego, debe devolver la página dos y la página tres certificada nuevamente al Seguro Social para su procesamiento. Si no puede encontrar el formulario que le enviamos por correo, puede encontrarlo en línea en: Segurosocial.gov/forms/ssa-1372.pdf.

Pregunta: ¿Cómo cambio mi estado de ciudadanía en los registros del Seguro Social?

Respuesta: Para cambiar su estado de ciudadanía que se muestra en los registros del Seguro Social:

• Complete una solicitud para una tarjeta de Seguro Social (Formulario SS-5), que puede encontrar en línea en Segurosocial.gov/online/ss-5.html.* Proporcione documentos que prueben su Estado de ciudadanía nuevo o revisado (solo podemos aceptar ciertos documentos como prueba de ciudadanía. Estos incluyen su pasaporte de EEUU, un Certificado deNaturalización o un Certificado de Ciudadanía. Si no es ciudadano de EE.UU, el Seguro Social le preguntará Edad); y/o identidad.• Luego, lleve (o envíe por correo) su solicitud completa y sus documentos a la oficina local del Seguro Social.Todos los documentos deben ser originales o copias certificadas por la agencia emisora. No podemos aceptar fotocopias o copias notariadas de documentos. Para obtener más información, visite Socialsecurity.gov/ssnumber.o para ver sus documentos de inmigración actuales);o edad; yo identidad.• Luego, lleve (o envíe por correo) su solicitud completa y sus documentos a la oficina local del Seguro Social.Todos los documentos deben ser originales o copias certificadas por la agencia emisora. No podemos aceptar fotocopias o copias notariadas de documentos. Para obtener más información, visite www.socialsecurity.gov/ssnumber.

Pregunta: ¿Se reasignan los números de Seguro Social después de que una persona muere?

Respuesta: No. No reasignamos números de Seguro Social. En total, hemos asignado más de 500 millones de números de Seguro Social. Cada año asignamos alrededor de 5,5 millones de números nuevos. Hay más de mil millones de combinaciones del número de Seguro Social de nueve dígitos. Como resultado, el sistema actual tiene suficientes números nuevos para durar varias generaciones más. Para obtener más información sobre el Seguro Social, visite nuestro sitio web en Segurosocial.gov.

María del Carmen Ortega es Especialista en Asuntos Públicos del Seguro Social. Escríbale a editor@centrotampa.com o Maria.Ortega@ssa.gov

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